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miércoles, 15 de diciembre de 2010

LAS VACAS DE LOS CASARES Y DE LA HUETRE








EN LAS ESCARPADAS MONTAÑAS DE LOS CASARES Y DE LA HUETRE PASTABAN VACAS EN 1.768.

LAS HURDES fueron una realidad, desconocida durante siglos, que vamos conociendo gracias a la investigación de muchas personas.

Cuando el que investiga es un hurdano, a mi juicio, merece mayor reconocimiento.

Encontré un trabajo de investigación en un FORO en el que habitualmente participan naturales y amigos de CASARES DE LAS HURDES. Tal colaboración aporta interesante información sobre la ganadería que existía en determinados pueblos del entonces municipio de NUÑOMORAL en 1.768, en el reinado del Carlos III. La firmaba en el FORO una persona con el nombre de ELBUSCAJONGOS.

Esta persona es autora de otros estimables trabajos que ayudan a conocer el momento histórico en el que el municipio de NUÑOMORAL pierde parte de su vecindario y término municipal por segregación de los municipios de CABEZO ( desde 1.920, LADRILLAR ) y LOS CASARES ( luego CASARES DE LAS HURDES ).

Aunque me gustaría, aún no conozco a la persona de la que hablo pero he de agradecerle ya que me haya autorizado para incluir su interesante colaboración en este blog y que tenga interés por ir descubriendo nuestro pasado.


La colaboración aclara algo que circulaba de boca en boca y que oí muchas veces cuando era niño y me costaba creer. Alguien decía: EN ESTE PUEBLO HUBO VACAS, y los muchachos creíamos que era una broma porque parecía imposible que un animal tan grande hubiera  podido andar por las inclinadas laderas de nuestras montañas.

La colaboración que reproducimos a continuación del investigador hurdano ELBUSCAJONGOS prueba documentalmente que en LOS CASARES había en el año dicho
-         1.768 -  26 VACAS y 22 en LA HUETRE.

La colaboración citada  es ésta.:

13-03-10 12:36
#4895798
AÑO 1768
CAROLUS·III· D·G·"*" HISPANIA R·REX

SELLO QUARTO, AÑO DE MIL SETECIENTOS Y SESENTA Y OCHO

Libro y reparttimientto de los ttres tterzios de sisas de nuebos impuesttos y cuartto del fiel medidor que los vecinos de este Conzejo de Nuñomoral de la Jurisdición de la Vª de Granada (actual despoblado de Granadilla) deven pagar a su maguestad que Ds Gde'en los tres terzios acostumbrados. A Fin de Abril Agosto y Setinbre Digo Diziembre, de estte presentte año de mil settezs sesenta y ocho= echo por los señores de Justtizia y Reximientto y Procurador General de estte alto Cozejo se yzo el Repartto y se mando repartir para las pagas llenas beredas y covanzas y para estto mandaron covrara quinto cada cevon que son lo mismos de la primera margen y loos numeros de la ttercera y quarta son quitos los que se reparttieron en la forma sigientte=

Zevones--------EL PUEBLO------bino -----------Aceite

1------------Juan Azabal-------6----------------6

0----------La de Santiago Dmgz-2----------------2

Libro y Reparttimientto de las cavezas= vacas y sal que los vecinos de estte concejo de Nuñomoral deben pagar en estte año de ill Settezs sesenta y ocho echo por los Señores de Justizia, Reximientto y Pro curador General de alto Concejo de Nuñomoral.

Cavezas de Bacas ---------------------------------Sal

------------2--Bartolome Dominnguez (de Buetre)----3-

Y en esta forma se concruio este reparttimientto .....etc,....etc.
y lo firmaron los que supieron etc, etc,... .

Puedo deciros que todos los pueblos tenían vacas y con el mismo porcentaje.
Nuñomoral-------- 35 cabezas
Batuequilla--------14
Huetre-------------22
Casares------------26


13-03-10 14:05
#4896149
RE: AÑO 1768
Parece ser que eran una clase de vaca de una envergadura mas pequeña y muy bien adaptada a esta clase de terreno. esta especie ya ha desaparecido.decir también que el Concejo contaba con más 300 vacas aquel año y unos 850 cerdos, entre otros animales.

Nuñomoral contaba incluido él. con 24 pueblos:

Nuñomoral,Zitunilla, Segur, Zerezal, Gasco,Fragosa,Martin Andran, Baldelazor, Orcajada, Battoquilla, Rubiaco, Begas de coria, Mesttas, Cavezo,El Drillar, Riomalo, Robledo, Caravozino, Casares,
Heras y Cardadal, (que era el mismo pueblo) Buettre, Casa de la ru rubia,Castañal y Arroio Pascual.

toda esta información esta transcrita tal cual viene, de una fotocopia del documento original, que tiene una preciosa caligrafía y se conserva en buen estado, tanto que podía daros nombre y apellidos de cada uno de los cabezas de familia, así como las familias de cada pueblo.

saludos a todos los Jurdanos de los pueblos que formaban parte del Concejo alto de la Vª de Granada.


Como es  otro tema de interés para conocer el pasado,  aprovecho la ocasión  para recordar lo siguiente:

En los tiempos de Felipe II  a los pueblos hurdanos que dependían de la provincia de Salamanca, del Duque de Alba, de Granadilla y de La Alberca no se les citaba por sus nombres, se les denominaba injustamente MAJADAS. Esa despectiva y vejatoria denominación nos dieron en  el CENSO DE CASTILLA DE 1.591 que ordenó realizar FELIPE II ( Rey de España desde 1.556 hasta 1.598 ) para recaudar OCHO MILLONES DE DUCADOS con los que hizo frente a los daños y gastos que produjo el desastre de la ARMADA INVENCIBLE, en su lucha contra los ingleses en 1.588.
Más datos sobre este hecho pueden verse en comentario hecho en este blog en 2007 con el siguiente título:

 ¿ VIVÍAN LOS VECINOS DE LOS CASARES ( ahora CASARES DE LAS HURDES ) EN MAJADAS EN 1.591 ?





domingo, 12 de diciembre de 2010

CARRETERA DE CASARES DE LAS HURDES
















LAS INJUSTICIAS PERMANECEN ETERNAMENTE SI NO SE REPARAN.

 
LA CESIÓN “voluntaria” DE LOS VECINOS DE CASARES DE LAS HURDES DE LOS TERRENOS QUE PERDIERON POR LA CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA, ADOLECE DE UN DEFECTO INSUBSANABLE: EL TEMOR DE QUE LA CARRETERA NO SE CONSTRUYERA Y EL MIEDO A LAS CONSECUENCIAS SI SE NEGABAN A CEDER. EL CONSENTIMIENTO QUE NO SE PRESTA CON PLENA LIBERTAD Y SIN TEMORES ES CUESTIONABLE JURÍDICA Y MORALMENTE.

SI  AHORA, que ya está construida la carretera y no hay algo que temer, SE LES OFRECIERA EL JUSTIPRECIO DE TALES BIENES - PARTIENDO DEL VALOR QUE TENÍAN EN 1.959 Y 1.961 Y ACTUALIZÁNDOLO CON EL IPC DE LOS 50 AÑOS PASADOS - SEGURO ESTOY QUE LO ACEPTARÍAN TODOS.

CUANDO EN UNA EXPROPIACIÓN FORZOSA NO SE PAGA EL JUSTIPRECIO SE COMETE UNA INJUSTICIA Y REALMENTE SE PRODUCE UNA EXPOLIACIÓN.

LA DEMOCRACIA HA REPARADO PERJUICIOS SUFRIDOS POR INSTITUCIONES Y PERSONAS EN EL REGIMEN ANTERIOR. SINDICATOS, PARTIDOS POLÍTICOS Y DISTINTAS PERSONAS HAN SIDO COMPENSADOS POR TALES PERJUICIOS SUFRIDOS.

¿ SERÍAN COMPENSABLES  TODAVÍA– siguiendo el mismo razonamiento – LOS PERJUICIOS SUFRIDOS POR LOS VECINOS DE CASARES DE LAS HURDES POR LOS HUERTOS QUE CEDIERON PARA CONSTRUIR LA CARRETERA ?

POSIBLE SERÍA SI  LAS AUTORIDADES DEMOCRÁTICAS LOCALES, PROVINCIALES Y REGIONALES COMPARTIERAN LAS IDEAS QUE EXPONGO Y CONVENCIERAN A LOS PODERES CENTRALES DE LA JUSTICIA DE LA MEDIDA.

POR ESA  CARRETERA,VÍA DE UTILIDAD Y SERVICIO PÚBLICOS, HAN PASADO Y PASAN LOS VECINOS A LOS QUE SE LES OCUPARON TERRENOS, LOS VECINOS A LOS QUE NO SE LE OCUPARON HUERTOS PORQUE NO COINCIDIERON CON LA CARRETERA Y LOS ESPAÑOLES Y EXTRANJEROS QUE PASAN POR ALLÍ.
 ¿ FUÉ Y ES JUSTO QUE SÓLO LOS PRIMEROS FUERAN LOS PERJUDICADOS ?

DIGO TODO ESTO PARA INVITAR A MIS PAISANOS A LA REFLEXIÓN Y PARA ANIMARLES A QUE DEFIENDAN SIEMPRE SUS DERECHOS.

Quien  visite hoy CASARES DE LAS HURDES se encontrará una carretera aceptable. Viendo esa realidad es posible que piense,

 ¿ TIENEN MOTIVO DE QUEJA CON LOS PODERES PÚBLICOS ESTOS HURDANOS ? 

A ese visitante, le digo : TIENEN MOTIVOS SOBRADOS PARA QUEJARSE POR LAS CONDICIONES QUE SE IMPUSIERON POR TALES PODERES PÚBLICOS en el régimen anterior PARA CONSTRUIR ESTA CARRETERA.

Si ese desconocido visitante fuera por las distintas carreteras  y autopistas de España no encontraría ni un solo caso en el que no se haya indemnizado a los propietarios de los terrenos por los que pasa la autopista o la  carretera, fueran de pobres, de millonarios o de banqueros.

En cambio, para la construcción de las dos fases de la carretera que pasa por el término municipal de CASARES DE LAS HURDES las autoridades que la construyeron impusieron como condición previa que los afectados cedieran gratuitamente los terrenos que se tuvieran que ocupar.
 ¡ CASO INSÓLITO !

Necesario es también, para entender lo que ocurrió, que analicemos las causas por las que aquellos hurdanos de los años 1.959 y siguientes renunciaron a su justa indemnización. A mi juicio fueron  tres:
 PRIMERA CAUSA.  La encontramos en su desconocimiento jurídico. En aquellos años sólo había dos licenciados en Derecho en el pueblo, don Bienvenido Pascual Iglesias y el autor de este comentario.
SEGUNDA CAUSA. Con todos los respetos a don Bienvenido, es atribuible a su  falta de conocimiento en materia de expropiación forzosa.  Él era abogado  que hizo la carrera de Derecho antes de la entrada en vigor de la ley de expropiación forzosa de 1.954  y sostuvo, en contra de la tesis que yo defendí, que no había derecho a indemnización. Esta diferencia de criterio de los dos abogados dividió a los afectados por la carretera en dos grupos, los que creían y seguían a don Bienvenido y los pocos que me creían a mí, que defendía que había derecho a indemnización.
TERCERA CAUSA. Fue el temor a que no se hiciera la carretera si se exigían indemnizaciones por los terrenos ocupados y a las consecuencias que podían producir  las reclamaciones si se presentaban. Aquellos hurdanos, nuestros antepasados, eran más temerosos que los actuales frente a los Poderes públicos. HOY AFORTUNADAMENTE TIENEN CONCIENCIA DE SUS DERECHOS.

ESTOY SEGURO DE QUE NADIE HUBIERA RENUNCIADO A LA INDEMNIZACIÓN SI, COMO DEBIERON Y ERA DE JUSTICIA, LOS PODERES PÚBLICOS HUBIERAN OFRECIDO LAS INDEMNIZACIONES A TODOS LOS AFECTADOS, AÚN SIN PEDIRLAS.

¿ Cuales fueron esos poderes públicos que contribuyeron a esta injusticia ?

En primer lugar el Gobernador Civil de Cáceres y la Diputación Provincial de Cáceres de 1.959 Y 1.961. Y por encima de ellos el Ministerio de la Gobernación que era el Departamento que financiaba los planes provinciales de obras. Todos ellos proyectaron la obra de la carretera sin tener en cuenta que había perjudicados por la ocupación de los terrenos. MUCHOS PERDIERON UNA BUENA PARTE DE SUS POCOS OLIVOS.

Tampoco debemos dejar libre de culpas a los Alcaldes y Ayuntamientos de aquellos años, AUNQUE LES JUSTIFICA SU DESCONOCIMIENTO JURÍDICO Y SU TEMOR ante las autoridades provinciales y nacionales. Pero, SI SE HUBIERAN PLANTADO Y DEFENDIDO LOS DERECHOS DE LOS VECINOS, LA CARRETERA SE HUBIERA HECHO EN TODO CASO.

El tiempo es el mejor juez y pone a cada uno en su sitio.

Como guardo los escritos de aquellos años y no he perdido la memoria, voy a poder ilustrar a las generaciones actuales sobre lo que ocurrió entonces porque es un hecho importante en la historia del pueblo.

PRIMERA FASE DE LA CARRETERA ( hasta el pueblo ). Es cuando se plantea el tema del derecho o no a la indemnización entre don Bienvenido y el que expone. A mi familia le había ocupado TRES OLIVOS EN LOS ESCOBALES. Para que las personas afectadas vieran hechos, y no sólo palabras, presenté escrito solicitando 1.500 pesetas de indemnización. A los pocos días fui citado por el Gobernador Civil de Cáceres  DON LICINIO DE LAS FUENTE por telegrama para que, sin excusa ni pretexto, me presentara en su despacho oficial a las 12 horas de un determinado día de agosto de 1.959. Como el Secretario General del Gobierno Civil me conocía y estimaba por haber sido compañero de estudios de su hijo en la Facultad de Derecho de Salamanca me aconsejó que fuera muy prudente porque el Gobernador Civil estaba muy enfadado ya que alguien  del pueblo le había dicho que yo estaba sublevando a los afectados con mi asesoramiento, que era gratuito.
El Gobernador me recibió a las tres de la tarde. Él era Abogado del Estado. Tuvimos una fuerte discusión jurídica como abogados, defendiendo yo que había derecho a indemnización en este caso y él lo contrario. Al terminar me dijo él: Vd. no cobrará ni una peseta por la indemnización que ha solicitado por los  tres olivos de su familia. Yo le contesté: Sr. Gobernador, nos veremos en el Tribunal Contencioso Administrativo.

EL GOBERNADOR DEBIÓ PENSARLO MEJOR Y CONVENCERSE DE QUE YO TENÍA RAZÓN porque, a los pocos días, mi cuñado L. H. H. recibió  escrito del Alcalde de Casares de las Hurdes que dice así:
“ El Ayuntamiento de mi presidencia, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de los corrientes, acordó abonar a Vd. la cantidad de 1.500,00 ptas, como justiprecio de la finca rústica que le ha sido ocupada con motivo de la construcción de la carretera de este pueblo, al sitio denominado “ Los Escobales ” de este término municipal, y en virtud de la instancia que ha (sic) este Ayuntamiento tenía presentada.
De quedar enterado y recibir el presente escrito, se servirá autorizar con su firma el duplicado del mismo, para constancia en esta alcaldía.
Dios guarde a Vd. muchos años.
Casares de las Hurdes, 7 de septbre de 1.959.
El Alcalde. Firmado y rubricado.”

Como al presentar la instancia anterior no pretendía dinero sino dar una prueba a mis paisanos y parientes, consultantes gratuitos y temerosos, de que no hablaba por hablar, al recibir esas 1.500 ptas se dedicaron a obra benéfica.

CON EL ESCRITO DEL AYUNTAMIENTO, ANTES TRANSCRITO, con seguridad ordenado por el Gobernador Civil, QUEDÓ CLARO A TODOS QUE HABÍA DERECHO A INDEMNIZACIÓN POR LA OCUPACIÓN DE LOS TERRENOS.

SEGUNDA FASE DE LA CARRETERA ( desde el pueblo hasta el límite con la provincia de Salamanca )

A pesar de lo que ya había quedado claro en la primera fase y de ser público y notorio el escrito transcrito del Ayuntamiento, el 15  de noviembre de 1.961 recibí carta del Alcalde que dice:

“...el día 17 de los corrientes, se efectuará la subasta de la carretera – Casares de las Hurdes límite con la Provincia de Salamanca -. Como quiera que vuestra finca del “ triguito” os cogerá unos 36 olivos y como formalmente no tenéis firmado el documento de cesión gratuita de los terrenos que ocupará la citada carretera, te dirijo con premura estas líneas, para que nos des, el debido consentimiento, como dueño y propietario de la misma...”
“ ...Aunque todos los vecinos han cedido gratuitamente los terrenos, NOSOTROS MIRAREMOS LA MANERA DE INDEMNIZARLE ALGO, SIEMPRE QUE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL, NOS AUTORICE ANUALMENTE ALGUNAS CANTIDADES EN LOS PRESUPUESTOS, PARA LA REFERIDA INDEMNIZACIÓN. En el ánimo nuestro está,  el pagárselo a todos, siempre que las Autoridades provinciales nos apoyen en nuestras peticiones.”
“... si tú vieras que por algún procedimiento pudiéramos sacar algún dinero para las indemnizaciones, te agradecemos nos informes sobre ello ”.

A esa carta contesté al Alcalde con la mía de 28 de noviembre de 1.961, en la que le decía:

“... empiezo la contestación por el final de tu carta, es decir por tu encomiable frase “En el ánimo nuestro está el pagárselo a todos”, tras de lo cual me pides parecer sobre procedimientos para sacar dinero con destino a indemnizaciones, que con mucho gusto te daré ”

¿ Vale la pena la molestia de tramitar unos expedientes e incluso tener que “ dar la cara”, si lugar hubiere a ello ? Ya lo creo que sí...
... te digo:
1º. Convencido estoy, como tú, de que ese Ayuntamiento no tiene dinero.
2º. Pero, eso no es problema. El que lo tenga habrá de ponerlo.
3º. A mi me basta con que haya un Alcalde – y me figuro, un Ayuntamiento que digan ¡ Adelante ! ( La otra vez desgraciadamente nos faltó esto)
4º. Cuenta conmigo para todo aquello en que  os pueda ayudar en tramitación.
5º. Si puestos los medios, no consiguiéramos dinero, ( que me extraña), no habría más remedio que aguantarse.
6º. De momento a las autoridades Provinciales no se les debe pedir una peseta ni hablarle del problema expropiación porque lo interesante es que la carretera se haga.
7º. A medida que la carretera se vaya haciendo es preciso que valoréis con justicia, sin exageraciones ni mermas, los terrenos que ocupe. A tal fin debéis ir instruyendo expediente de expropiación...
8º. Una vez terminada la carretera, y a la vista de esas valoraciones, buscaremos el dinero para hacérselo cargar de manera indirecta a la Diputación que es la moralmente obligada a indemnizar..
9º. Así que tú tranquilo, que nadie va a parar la carretera. Todos deseamos que se haga. Lo que no excluye la normal conducta de velar por lo propio”.
“ Si conveniente te parece, ningún inconveniente tengo en que des cuenta de mi carta... al Ayuntamiento que presides para que se enteren”.

El día 6 de Diciembre de 1.961 recibí nueva carta del Alcalde, en la que se puede leer:

“Mi querido amigo: Estamos completamente de acuerdo y sobre la marcha de los acontecimientos, se suman tantos a nuestro favor que podemos esplotar (sic) en beneficio de las indemnizaciones. El día diez y siete se adjudicó la contrata de la obra de la carretera, a una Compañía: Construcciones y Reconstrucciones S.A. la cual del primer sopapo revajó (sic ) del millón ochocientas mil pts; medio millón, el cual como llovido del cielo queda a beneficio de la Excma. Diputación Provincial, así que estos son buenos augurios. Supongo que se comenzará a primeros de año.... por tanto de acuerdo con tu buena idea se nombrará una comisión que en empezando los trabajos valore con la mayor equidad posible, el valor de las fincas que coja la referida carretera....”

Esperanzado me quedé con lo dicho por el Alcalde pero es lo último que sé de este asunto.

¿ SE HICIERON GESTIONES PARA CONSEGUIR EL DINERO NECESARIO PARA INDEMNIZAR JUSTAMENTE A LOS AFECTADOS ?

LAMENTABLEMENTE HAY QUE DECIR QUE EN ESTE PUEBLO NO ESTUVO EN VIGOR EN AQUELLOS AÑOS LA LEY DE EXPROPIACIÓN FORZOSA.

CANSADO DE LA ACTITUD DE MUCHOS EN ESTE ASUNTO, OPTÉ DURANTE AÑOS POR EL SILENCIO.

CUANDO HE PASADO POR TAL CARRETERA, AL RECUERDO AMARGO DE HABERME SENTIDO SOLO EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS AFECTADOS, UNO EL DE LOS 36 OLIVOS REGALADOS A LA DIPUTACIÓN QUE, SEGÚN EL ALCALDE, MURIERON POR LA CONSTRUCCIÓN.

PIDO DISCULPAS A MIS PAISANOS - que son los únicos que leeran este blog -  POR HABERME CITADO EN ESTE COMENTARIO. ME RESULTABA OBLIGADO PORQUE CUENTO  EPISODIOS QUE SÓLO CONOCIA YO. 



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